domingo, 14 de julio de 2013

El negocio de la inflación. Qué dice la denuncia penal de Guillermo Moreno

*Artículo escrito para NOTINAC
Por Juan di Teodoro.
En estos días, y a raíz de la presión mediática, la discusión sobre el índice de inflación ha ganado la centralidad del debate político. Aún así, resulta imposible encontrar profundidad en las discusiones mediáticas, no hay un abordaje serio de la problemática de la inflación ni sobre quiénes miden, quiénes se benefician y quiénes se perjudican por la publicación de un índice de inflación falaz.
Tal como lo relata detalladamente el Secretario Guillermo Moreno, en su denuncia ante la Justicia penal, las llamadas consultoras privadas confeccionan informes sobre datos de inflación falsos para beneficiar a sus clientes, quienes pagan por esos informes, y se benefician con ganancias extraordinarias merced a la aplicación de un índice de inflación sobrevaluado. Esta es la llamada "inflación de escritorio", un inventado índice de inflación creado por la consultora privada que es utilizado por  los mismos agentes del mercado financiero que contrataron a la consultora. Esta contratación sólo tuvo como objetivo el provocar una situación de inestabilidad psicológica en la sociedad y en el mercado, con el claro resultado de obtener ganancias injustas e indebidas.
En su presentación, Guillermo Moreno, describe acabamente a las consultoras como las empresas y/o personas físicas que actúan en el mercado analizando variables tales como inflación, tasas de interés, producto bruto interno, inversión, consumo, producción, desempleo, tasa de cambio, intercambio comercial, balanza de pagos, finanzas públicas, etc.  En su accionar, las consultoras emiten informes semanales o mensuales que incluyen tanto previsiones sobre las variables mencionadas, como también análisis ex post de las mismas.
Entonces, hasta aquí tenemos que los clientes solicitan a las consultoras informes sobre la inflación esperada para los próximos meses y cálculos sobre la inflación del mes anterior, de esta manera y, en base a dichos datos aumentan los precios de sus productos o las tasas de interés a aplicar.
El informe de Moreno presentado a la Justicia, explica las razones por las cuales se afirma que los pronósticos sobre la inflación que confeccionan éstas consultoras carecen de estudios estadísticos. Ya que de existir tales estudios, los mismos deberían fundamentarse en metodologías aceptadas internacionalmente, que incluyan procesos y definición de variables representativas que aseguren resultados robustos. Asimismo, estas consultoras deberían contar con equipos de trabajo interdisciplinarios (metodólogos, analistas, supervisores, encuestadores, entre otros), que en cantidad y calidad puedan ofrecer un resultado idóneo, sin embargo, ninguna de ellas puede mostrar que cuenta con tanto personal especializado, como sí lo tiene el INDEC. Por ello, concluye el Secretario de Comercio Interior, que los informes que brindan las consultoras privadas son inventos pseudo científicos carentes de rigor con pretensión de verdad, que únicamente pueden contener conclusiones falsas.
De esta manera, vemos como las consultoras denunciadas penalmente por Guillermo Moreno, elaboran de manera intencional cálculos falsos mediante los cuales difunden información a la que denominan “índices de inflación” que resultan ser también falsos, con el único objetivo de crear expectativas inflacionarias a efectos de generar para sus clientes ganancias extraordinarias basadas en el ardid que se encuentra penalizado en el artículo 300, incisos 1° y 2° del Código Penal de la Nación Argentina.
¿Quiénes son los clientes de las consultoras? Los bancos y compañías financieras; y las empresas ofertantes de bienes y servicios.
A qué se dedican los bancos y las compañías financieras? A recibir depósitos, emitir títulos, conceder créditos, otorgar garantías, efectuar inversiones y obtener préstamos. Por ello, entre sus activos poseen títulos emitidos por el Estado Nacional; los cuales, se encuentran atados directa o indirectamente a la evolución del Índice de Precios al Consumidor.
He aquí la razón por las cuales los bancos y las compañías contratan con las consultoras, a las que les solicitan pronósticos macroeconómicos y financieros, que son brindados a través de informes o publicaciones, las que incluyen altos índices de inflación, los que cuanto más elevados sean, permiten lograr que mayor sea la ganancia que obtengan las entidades financieras tenedoras. En síntesis, un informe a medida para obtener mayor ganancia por parte de bancos y compañías financieras.
Es así, que en su denuncia penal, Guillermo Moreno demuestra cabalmente que la tarea fundamental de las consultoras es “vender” presuntos datos estadísticos, tendientes a mejorar la tasa de ganancias de manera espuria de sus clientes, ya que su tenencia de bonos es ajustada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. De esa manera, a su vencimiento, el Estado Nacional paga más por el título entregado que lo que efectivamente correspondería.
Tal como lo sostiene el Secretario de Comercio Interior es de esta manera que se incrementa de modo fraudulento la deuda pública incrementándola exponencialmente en base a datos e informes falsos. Deuda pública que luego debe pagarse con el sacrificio del pueblo para que unos pocos inescrupulosos lucren con el esfuerzo colectivo.
Mientras ello ocurre con los bancos, las empresas ofertantes de bienes y servicios contratan a las consultoras debido a que en todo proceso de fijación de precios los empresarios valoran en alguna medida las publicaciones de las consultoras, ya que de acuerdo a un informe de una falsa tasa inflacionaria en alza, los precios también tenderán al alza. Ello genera impacto inmediato en los precios y también pone en marcha procesos de pujas distributivas que multiplican la ola expansiva de ajustes.
La denuncia penal de Moreno señala expresamente que para las consultoras no importa si el índice de inflación informado se condice con la realidad, sino que lo importante es que ese índice se ajuste al interés del banco, compañía financiera o empresa que la haya contratado, ya que de esa manera, siendo la inflación altísima, la ganancia también va a ser altísima... Claro, todo de manera ilícita.
En síntesis, Moreno denuncia a las consultoras privadas por producir el alza o la baja de precios, de manera intencionada, mediante la difusión pública de hechos falsos pasados, presentes o futuros, que tienen influencia en el proceso productor o de comercialización de una mercadería o en el del ofrecimiento, tráfico o garantías de los títulos valores públicos o privados. Las consultoras denunciadas son las que encabezan Melconian y Santangelo, Orlando Ferreres y Graciela Bevacqua y Jorge Todesca.
El delito se ha consumado al concretarse el alza o la baja de los precios en base a la información falsa difundida por las consultoras privadas, hecho que se demuestra en la existencia de infinidad de contratos que se firman con cláusulas de actualización en base a dichas proyecciones inflacionarias falsas.
Las consultoras privadas han cometido el delito que se refiere el Artículo 300 del Código Penal: " el que hiciere alzar o bajar el precio de las mercaderías, fondos públicos o valores, por medio de noticias falsas, negociaciones fingidas o por reunión o coalición entre los principales tenedores de una mercancía o género, con el fin de no venderla o de no venderla sino a un precio determinado".
Como bien lo señala Guillermo Moreno existe complicidad entre las consultoras y sus clientes para obtener grandes e ilícitas ganancias económicas. Ese es el negocio de la inflación.

martes, 9 de julio de 2013

ES LA IDENTIDAD, ESTÚPIDO! A propósito de la batalla cultural

"Cuando no recordamos lo que nos pasa,
nos puede suceder la misma cosa.
Son esas mismas cosas que nos marginan,
nos matan la memoria, nos queman las ideas,
nos quitan las palabras..."


A partir de la batalla de Caseros se fue conformando la matriz cultural e histórica de una Argentina que gozaba al mirarse en el espejo de la poderosa Europa de entonces. Para ello, se reescribió la historia de los hombres de mayo, desideologizando a San Martín, Belgrano, Moreno, Dorrego y demonizando a Rosas, Estanislao López, al Chacho Peñaloza y a tantos otros caudillos populares y federales.
Para ello, Bartolomé Mitre utilizó su pluma para escribir el relato de la clase dominante y el 4 de enero de 1870 fundó el Diario La Nación, "la tribuna de doctrina", un diario desde el cual se daba forma al relato diario y cotidiano de la época, mientras el mismo Mitre reescribía la historia pasada.
Así la Argentina, granero del mundo, llegó al festejo del Centenario bajo la declaración del Estado de Sitio decretado por el entonces Presidente José Figueroa Alcorta. Un festejo con la presencia de la Infanta Isabel de Borbón en una militarizada Buenos Aires. Había una Argentina invisibilizada a los ojos de la civilización europea y de la nobleza española.
Esta Argentina dependiente y pusilánime del poder económico y del imperio escribe su página máxima el 1 de mayo de 1933 al suscribirse el "Pacto Roca-Runciman" mediante el cual la Nación Argentina se endeudaba con Gran Bretaña por 13 millones de libras. El vicepresidente Julio Roca (h) estuvo acompañado en su gira británica por representantes de la Sociedad Rural y el Jockey Club entre otros, los representantes de la "argentinidad" de entonces. En un banquete ofrecido a la delegación argentina por el Príncipe de Gales, el 10 de febrero de 1933, Roca afirma que "Argentina, por su interdependencia recíproca, es, desde el punto de vista económico, una parte integrante del imperio británico" .
Esta Argentina para pocos fue la causa de la irrupción del peronismo, del "subsuelo de la patria sublevada" al decir de Scalabrini Ortíz, que se movilizó el 17 de octubre de 1945 en defensa de las conquistas sociales amenazadas por la reacción de la oligarquía. El Peronismo fue un antes y un después en la historia argentina.
Los sucesivos y sangrientos golpes de Estado le negaron continuidad a los procesos populares en la Argentina hasta lograr impedir su acceso al gobierno mediante el voto popular. 
La actual "Década Ganada" reinstala el debate sobre qué Nación somos, cuál es nuestra identidad histórica y cultural. El festejo del Bicentenario marcó un antes y después en esta batalla cultural, en la revisión de nuestra historia, en el rol que les cupo a cada uno de nuestros próceres, de nuestro patriotas. Al igual que ellos, la Argentina ha vuelto a reconocerse en la América del Sur.
Para la defensa de la historia liberal escrita por Mitre y relatada desde su "Tribuna de Doctrina" no hay distinción entre derechas e izquierdas. Se juntan Marcos Novaro, Matilde Ollier, Beatriz Sarlo, Luis Romero, entre otros. Hablan de deshistorización, de relato, de interpretar el pasado con los parámetros del presente, etc. 
Otra vez, es el Peronismo el que vuelve a marcar un antes y un después en la historia argentina. TENEMOS PATRIA y esa patria la construyeron los oprimidos y silenciados por lo héroes de la historia "mitrista".
En este contexto, Mauricio Macri propone eliminar historia argentina de la currícula de las escuelas secundarias, quiere adolescentes que no estudien la historia de su país, porque ello tendría consecuencias negativas para su fuerza política. La ecuación es sencilla: si los pibes  conocen la historia argentina jamás podrían ser parte o votantes del PRO, porque Macri representa esa Argentina para pocos, la del "Pacto Roca-Runciman".
Y también discutimos las estatuas, los monumentos; es decir, a qué o a quiénes rendimos homenaje los argentinos y argentinas. Porque es a partir de los homenajes que realizamos que también construimos nuestra identidad. Y la estatua de Colón en la misma Casa Rosada no representa esa construcción de nuestra identidad, no se trata de negarlo sino de ubicarlo en algún lugar más adecuado.
Entonces, cuando discutimos si cambiamos de lugar o no la estatua de Colón, estamos debatiendo nuestra identidad como Nación y ninguna colectividad debe ofenderse por ello. Discutimos lo que Colón representa, y don Cristóbal representa a los conquistadores de la vieja Europa, a los "civilizadores", no a la querida colectividad italiana.
"La Década Ganada" es también la recuperación de nuestra identidad nacional, argentina, popular y latinoamericana. ES LA IDENTIDAD, ESTÚPIDO!!!

miércoles, 19 de junio de 2013

LA CORTE Y UNA VUELTA AL OSCURANTISMO - A propósito del fallo sobre la reforma judicial

La Corte Suprema de Justicia ha decidido restablecer el control de la corporación judicial sobre todo el sistema de justicia argentino. Lo hizo sin tapujos y sin medias tintas al afirmar que: "Las personas que integran el Consejo lo hacen en nombre propio y por mandato de cada uno de los estamentos indicados, lo que supone inexorablemente su elección por los integrantes de esos sectores". En otras palabras, la Corte expone de manera brutal que los temas de la Justicia son sólo para abogados y jueces.
Una Corte Suprema que se ha colocado del lado de un modelo de país para pocos que se resiste a aceptar el nacimiento de un país que va profundizando la democratización de la riqueza, de la palabra, y de la justicia.
 Antes que tratarse de un fallo jurídico, estamos ante un manifiesto político de la Corte que  restringe el conocimiento de los asuntos judiciales a “unos pocos” pertenecientes a una élite dominante, la de abogados/as y jueces/zas. Esta es la vuelta al oscurantismo que la mayoría de la Corte Suprema viene a consagrar con su sentencia de inconstitucionalidad de la Ley 26.855.
Es aquí que la Corte consagra una forma de oscurantismo que, como tal, es fundamentalmente antidemocrática, ya que considera al pueblo (o cuerpo electoral como les gusta decir a los Supremos) intelectualmente incapaz de conocer los hechos y la verdad sobre el gobierno de la Justicia. Es lo que dice cuando afirma que  la reforma “desconoce el principio de representación de los estamentos técnicos al establecer la elección directa de jueces, abogados y académicos”.
En un sentido más jurídico no se puede dejar de señalar que la Corte Suprema le hace decir al Artículo 114 de la Constitución Nacional lo que no dice. El voto mayoritario sostiene que: “en el texto constitucional no se dispone que el Consejo se integre con jueces y abogados sino con los representantes del estamento de los jueces de todas las instancias y del estamento de los abogados de la matrícula federal. Es decir que el constituyente decidió que quienes ocupen un lugar en este órgano lo hagan en representación de los integrantes de esos estamentos técnicos. En consecuencia, no es la sola condición de juez o abogado lo que los hace representantes, sino su elección por los miembros de esos estamentos, pues para ejercer una representación sectorial se requiere necesariamente un mandato, que sólo puede ser otorgado por los integrantes del sector”.
Bien vale, en este punto, releer nuestra Constitución Nacional (Artículo 114 CN “El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial. El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultante de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley.”).
En ningún momento, nuestra Carta Magna establece que el Consejo será integrado por representantes de los estamentos de abogados, jueces y académicos. Más bien, señala una condición para ser integrantes del Consejo de la Magistratura antes que una forma de elección o representación.
Si los Constituyentes de 1994 hubiesen querido hacer lo que la corte dice que quisieron hacer, hubieran redactado otro artículo, tal como lo hicieron los Constituyentes porteños en 1996 (Artículo 115 Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: “El Consejo de la Magistratura se integra con nueve miembros elegidos de la siguiente forma: 1.  Tres representantes elegidos por la Legislatura, con el voto de las dos terceras partes del total de sus miembros. 2.  Tres jueces del Poder Judicial de la Ciudad excluidos los del Tribunal Superior, elegidos por el voto directo de sus pares. En caso de que se presentare más de una lista de candidatos, dos son de la lista de la mayoría y uno de la minoría. 3.  Tres abogados o abogadas, elegidos por sus pares, dos en representación de la lista que obtuviere la mayor cantidad de votos y el restante de la lista que le siguiere en el número de votos, todos con domicilio electoral y matriculados en la Ciudad”) cuya clara y concreta redacción surge de la experiencia histórica, política y jurídica de la Asamblea Nacional Constituyente de 1994.
Dos redacciones muy distintas, una delega en el Congreso Nacional su conformación y forma de elección, otra, es absolutamente reglamentarista y establece cantidad de miembros y forma de elección.
Una Corte Suprema que apela a un análisis gramatical del Art. 114 de la Constitución Nacional para arrogarse, en tanto parte de la Corporación judicial, el supremo saber intelectual de interpretar el Derecho, que tal como fue concebido antaño, debe ser un  conocimiento abstruso y difícil de entender.

El avance de la Democratización de la Justicia será inexorable a pesar de los fallos en defensa propia que dicte la “familia judicial” al igual que fueron inexorables los juicios y condenas por delitos de lesa humanidad, al igual que la respuesta al oscurantismo de la Francia monárquica fue la Revolución Francesa. 

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