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sábado, 19 de septiembre de 2015

TOMA DE LUGANO: La justicia sentenció que la participación política y la militancia social no se pueden criminalizar

Revés para el PRO: la toma de Lugano vuelve a foja cero y sobreseen a una militante K

La Justicia porteña declaró nulidad de las pericias efectuadas por el Ministerio Público y dictó el sobreseimiento a una dirigente del FpV por la causa de la toma del barrio Papa Francisco.

La titular del juzgado N° 14 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, María Gabriela López Iñiguez, resolvió hacer lugar al planteo efectuado por la defensa de varios de los imputados en la causa por la toma del “Barrio Papa Francisco” a fines febrero del año 2014, y “declarar la nulidad de las pericias informáticas” efectuadas en el marco de las investigaciones llevadas a cabo por el Ministerio Público Fiscal.
Según se informó desde el Sistema de Difusión Judicial porteño,  López Iñiguez declaró la nulidad de las pericias por haberse violado las provisiones legales establecidas en el Código Procesal Penal relativas a la notificación al imputado, como así también “por haberse violado la cadena de custodia de los objetos secuestrados en los allanamientos llevados a cabo el 2 de marzo de 2014” en cinco domicilios, en los cuales se secuestró “diversos elementos incriminatorios informáticos y de telefonía celular”.
También, se dispuso el sobreseimiento de dos de los imputados en la causa, por considerar que los hechos por los cuales fueron imputados no corresponden la comisión de un ilícito. Los requerimientos de elevación a juicio fueron desestimados por estar basados en evidencia nula.
De los dos imputados, una es la dirigente social del Movimiento Evita Marta “La Negra” Yané, empleada del Ministerio de Desarrollo Social y asesora en la Legislatura porteña. La militante kirchnerista aparecía en escuchas telefónicas con uno de los líderes de la toma del barrio “Papa Francisco” en Villa Lugano, durante febrero de 2014.
Desde el Evita cargaron duro contra el PRO y el Ministerio Público Fiscal (MPF), organismo al que acusan de “criminalizar la participación política y la militancia social”. A su vez, cuestionaron el desempeño del fiscal Carlos Rolero, ligado al titular del MPF, el ex legislador macrista Martín Ocampo.
El fiscal en cuestión fue también cuestionado en duros términos por el secretario de Seguridad de la Nación, Sergio Berni, el 25 de febrero de ese año, cuando se desató la toma de terreno lindante a la Villa 20, ubicada en el barrio de Villa Lugano de la zona sur de la Ciudad de Buenos Aires. “Parece que al fiscal le gusta dormir”, ironizó Berni para marcar lo que calificó como “inacción” del Ministerio Púbico ante la problemática.
“El fiscal Carlos Rolero acusó continuamente a Yané de prestar colaboración al mantenimiento de la toma dada su confesa participación en el Movimiento Evita y su participación activa en reuniones políticas en el barrio, comprobándose su participación criminal dado el conocimiento que tenía sobre la situación habitacional de la Villa 20 y sobre la ley vigente en cuanto a la urbanización del barrio. Es decir, el delito de Yané consistía en su militancia”, precisó el abogado defensor Juan Manuel Di Teodoro.
Ante el planteo de nulidad, y frente a los elementos peritados, las actas y declaraciones del perito a cargo, la jueza López Iñiguez resaltó varias irregularidades respecto a la preservación de la prueba. Según se describe en la resolución en siete oportunidades los elementos que según el acta de entrega contenían los bultos incautados en un allanamiento, no coincidían con los encontrados en el acta de apertura para su peritaje (a modo de ejemplo, en un bulto dónde se señalaba un CPU negro proveniente de un domicilio, al ser abierto contenía tres notebooks y un sobre con dos celulares provenientes de otro domicilio).
“Tengo por probado acabadamente que en relación al menos a los siete bultos referidos supra, existe una inexistencia palmaria de identidad que demuestra la violación de los procedimientos que se aplicaron a su resguardo”, expresó la magistrada.
Frente a los cuestionamientos efectuados contra la investigación encabezada por el fiscal Carlos Rolero, la jueza también sostuvo que “se ha lesionado de un modo sustantivo la defensa en juicio”, al no permitirse en todo momento el control de la prueba.
“Esta sentencia viene a comprobar el irregular proceder del fiscal Carlos Rolero desde el inicio mismo de la causa por la toma del Barrio Papa Francisco, demostrado en el supino desapego hacia las normas procesales y a las conductas que el Código Penal describe como delictivas. De esa manera, transformó la conducta de reclamar por el cumplimiento de la Ley 1770 y la activa participación política en delitos. Un accionar, en su carácter de Fiscal, que nos retrotrae a los años más oscuros de la Argentina y que ésta sentencia viene, oportunamente, a limitar y censurar”, concluyó el abogado defensor.
La explicación de López Iñiguez y el sobreseimiento de Yané
Según lo dispuesto por la jueza López Iñíguez, la nulidad de las pericias alcanza a los efectos incautados en 7 bultos “de los cuales la violación de la ‘cadena de custodia’ ha sido flagrante, y también a la totalidad de los elementos secuestrados en los allanamientos desarrollados” en marzo del año pasado, “como también a toda la información extraída de los mismos” ya que “las pericias efectuadas sobre la totalidad del material incautado tuvieron lugar a espaldas del debido control de la que la Defensa oficial tenía legítimo derecho”.
Ante la declaración de nulidad de gran parte de la prueba con la que se sustentaba la causa, y frente a la dificultad de elevar a juicio el expediente en el estado actual, la magistrada consideró que “la única forma razonable de salvaguardar, pues los intereses afectados que aquí se encuentran en juego, consiste en reformular dicha pieza procesal, de conformidad con lo que surge del presente resolutorio, debiendo reeditárselo en tanto existen otros numerosos elementos de cargo, según lo detallado por el fiscal, que nuevamente valorados, previa supresión de los que han sido alcanzados por la nulidad en relación a la violación de la ‘cadena de custodia’ y al cumplimiento de las formas sacramentales previstas en la adquisición de otras probanzas, podrían dar pie de un modo válido a la imputación que se pretenda ventilar en juicio”.
Entre otros puntos abordados en la resolución firmada este jueves, la jueza hizo lugar al planteo del abogado defensor de Pedro Bassi Luna, funcionario del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación imputado en carácter de partícipe primario de la usurpación por haber realizado un “aporte necesario” para la toma ilegal.
“El ‘aporte’ efectuado por Bassi Luna consistió en haber provisto a Marta Yané, en su condición de funcionario encargado del área correspondiente del Ministerio de desarrollo Social de la Nación, de un teléfono celular con su respectiva línea, aproximadamente en 2010 o 2011. No es necesario un conocimiento jurídico muy profundo del derecho penal para advertir que asiste razón al Defensor del incuso, cuando se agravia de la manifiesta atipicidad de un aporte de esa especie, pues resulta muy aventurado y definitivamente conjetural sostener que sin ese teléfono entregado en 2010/2011, la toma que tuvo lugar en el 2014 ‘no se hubiera podido cometer’. Recuérdese que la imputación ha sido formulada en su contra en carácter de partícipe necesario”, sostuvo López Iñíguez para luego decretar el sobreseimiento por no considerar que la entrega de un celular años antes de la toma sea una conducta ilícita.
 “La conducta que de endilga a la nombrada parecería ser la de haber hablado por teléfono, unos días después de consumada la ocupación ilegal del predio, utilizando un aparato celular que pertenece al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y que le fuera asignado en razón de que ella se desempeña laboralmente allí.  Y por tener militancia política en el ‘Movimiento Evita Capital’ de donde se deduce que ello ‘le facilitaría vinculaciones’, que no se especifican.  Por ende, se está afirmando que si Marta Yané no hubiera hablado por teléfono con uno de los ocho imputados en calidad de autores, el imputado Ríos (único respecto del cual hay evidencia material, pues no existen llamadas telefónicas registradas con los restantes imputados), la toma del predio de Villa Lugano no habría podido cometerse”, se expresa en los fundamentos de la sentencia.
Remarcando que “las conductas que se le reprochan a Yané en el requerimiento de juicio no resultan típicas” ya que fueron efectuadas “desde su rol de pertenencia tanto a una agrupación política, cuanto a dos organismos oficiales con competencia específica en problemáticas sociales como la que se estaba presentando”, la jueza López Iñíguez decretó el sobreseimiento.
En el decisorio también se declara la nulidad de los requerimientos de elevación a juicio planteados por la fiscalía “por estar basados en la misma evidencia probatoria cuya nulidad se ha declarado”.

PUBLICADO EN http://www.letrap.com.ar/nota/2015-9-19-reves-para-el-pro-la-toma-de-lugano-vuelve-a-foja-cero-y-sobreseen-a-una-militante-k

jueves, 12 de junio de 2014

TOMA DE LUGANO - El Juicio - Rechazo de incompetencia y suspensión del desalojo

SOCIEDAD • Jueves 12 de Junio de 2014 | 09:36

La Justicia suspendió el desalojo del barrio Papa Francisco en Lugano

Es hasta que pueda garantizarse "la vida e integridad física de las personas que puedan verse afectadas", según indicó la jueza María Gabriela López Iñiguez, que descartó una asociación ilícita y rechazó el planteo de la fiscalía porteña para declararse incompetente.

La jueza María Gabriela López Iñiguez descartó ayer la figura de asociación ilícita y suspendió el desalojo del barrio Papa Francisco, en Lugano, hasta que pueda garantizarse "la vida e integridad física de las personas que puedan verse afectadas". También rechazó un planteo de la fiscalía porteña para declararse incompetente en la causa.
La magistrada rechazó la excepción interpuesta por el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad al no acreditarse pruebas suficientes de que se tratase de un delito de asociación ilícita y que, por ende, pase la causa a la Justicia Nacional. Por el contrario, en la parte resolutiva, la jueza expresó que la toma reviste "el conflicto referido al saneamiento y urbanización subyacente, en el marco de la Ley 1.770, de eminente carácter local".
La resolución de la magistrada fue comunicada durante una audiencia pedida por la fiscalía, que planteaba que la ocupación de los terrenos del ahora denominado barrio "Papa Francisco" configuraba el delito de "asociación ilícita" y no de "usurpación", por lo que la causa debia trasladarse al fuero federal.
También resolvió "diferir la fijación de fecha para el libramiento de la orden de allanamiento hasta tanto se encuentren reunidas las condiciones para garantizar adecuadamente la vida e integridad física de las personas que puedan verse afectadas".
Marta Yané, referente del Movimiento Evita que se intentó criminalizar, expresó que “el PRO quería embarrar la cancha para no hacerse cargo del problema de vivienda". "Por eso inventaron que éramos parte de mafias y asociaciones ilícitas, pero la jueza entendió que no hay pruebas. Ahora no hay más excusas, tienen que hacerse cargo y avanzar con el saneamiento del terreno y la urbanización como lo marca la ley", subrayó.
Por su parte, el abogado de Yané, Juan Manuel Di Teodoro, afirmó que "los Fiscales no han podido sacarse la causa de encima y la misma seguirá en manos de la Jueza López Iñiguez. La fiscalía nunca aportó las pruebas para intentar demostrar la comisión de delitos en el Barrio Papa Francisco, delitos que sólo han existido en la fantasía y en las ansías de sacarse de encima la causa para ocultar las deficiencias de la investigación".
"El Fiscal siempre confundió el reclamo legítimo del cumplimiento de la Ley 1.770 (urbanización de la Villa 20) por parte de quienes tomaron el predio con un hecho ilícito y llegó al absurdo de pretender que la organización de los vecinos y la elección de delegados constituye una asociación ilícita. Así primero criminalizó la protesta social solicitando las detenciones de vecinos que expresaban la posición de la toma ante los medios de comunicación y luego ahondó en su postura criminalizando la militancia social y política al imputar a Marta Yané por el sólo hecho de ser una militante que se solidarizó con el reclamo de urbanización y la toma e instalación del Barrio Papa Francisco”, agregó el letrado.
Finalmente, Di Teodoro expresó que "no resulta un dato menor que se encuentre suspendida la orden de allanamiento y desalojo del predio tomado. Se trata de un reconocimiento implícito de que estamos ante un problema social, la falta de vivienda y de urbanización de la villa 20, y no ante un hecho que deba ser abordado por el Derecho Penal".
*http://www.infonews.com/2014/06/12/sociedad-149105-la-justicia-suspendio-el-desalojo-del-barrio-papa-francisco-en-lugano.php

miércoles, 4 de junio de 2014

TOMA DE LUGANO - El juicio

El 24 de febrero un grupo de personas ocupó el predio lindante a la Villa 20

Toma de Lugano: la próxima semana se define si se suspende el desalojo

La jueza López Iñiguez tiene cinco días para definir la jurisdicción de la causa penal por usurpación y hasta el jueves para decidir si suspende o no la orden de desalojo del terreno ocupado. La fecha prevista desde hace un mes es el 12 de junio.


  • Por: Vanina Escales


  • Cinco días es el plazo que la jueza María Gabriela López Iñiguez tiene para definir la competencia jurisdiccional de la causa penal por la toma de tierras en Villa Lugano. La jueza debe contestar a un pedido del representante del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad, que solicitó declinar en favor de la Justicia nacional la competencia en el caso. Para el fiscal Carlos Fel Rolero la toma fue un delito de mayor gravedad: asociación ilícita. La tarea que parece sencilla, no lo es en absoluto.
  • El 24 de febrero un grupo de personas ocupó el predio lindante a la Villa 20. Por este hecho están procesados quienes fueron nombrados como interlocutores por los ocupantes. “Confunden en el delito de usurpación a los delegados del barrio”, explicó Juan Manuel Di Teodoro, el abogado de Marta Yané, procesada dirigente del Movimiento Evita por solidarizarse con la toma. Ese grupo de vecinos devenidos delegados se constituyeron como tal a pedido de las autoridades que se acercaron al lugar para resolver la toma y la eventual desocupación del predio en forma pacífica. El único detenido es Marcelo Chancalay, un ex presidente de la Junta Vecinal de la villa 20 y actual empleado del Gobierno de la Ciudad.
    En la audiencia de hoy –la última para definir la competencia en la causa– estuvieron presentes, además del fiscal Fel Rolero, los defensores Di Teodoro –por Marta Yané–, Pedro Dattoli –por Chancalay–, y el Defensor General Luis Duacastella y la Defensora Oficial María Lousteau por el resto de los imputados.
    Qué quiere el Gobierno de la Ciudad
    La pregunta que rondó la audiencia es “¿qué quiere el Gobierno de la Ciudad?”. Porque por un lado, en el Fuero Contencioso Administrativo –ante la jueza Elena Liberatori– se impuso realizar el censo y avanzar en el cumplimiento de la Ley 1770. Para esto la Ciudad formó un Comité de Crisis compuesto por el Defensor del Pueblo, la Asesora Tutelar y la Procuración de la Ciudad. El censo se realizó con personal técnico del Estado porteño que revista en el Instituto de la Vivienda y fue acompañado por la defensoría en su carácter de veedor. Todos caminaron la villa 20 con chalecos identificatorios. Esto hace suponer que se desea avanzar en la resolución de este conflicto y dar cumplimiento a la 1770. Pero por otro lado, en el Fuero Penal, Contravencional y de Faltas –a cargo de la doctora López Iñiguez– el mismo Gobierno de la Ciudad pide el desalojo del terreno ocupado y el allanamiento.
    El terreno actualmente ocupado pertenece a la Ciudad, lindante al de la Policía Federal y a la villa 20. Lo que se está negociando desde el Comité de Crisis es hacer una traspaso del antiguo cementerio de autos, sanear los terrenos, el ocupado y el de la Federal, y construir allí las viviendas previstas en la 1770.
    El censo, que comenzó el fin de semana pasado y que seguirá al menos dos fines de semana más, es el elemento nuevo que las defensas trajeron esta semana y que harían reconsiderar el caso y por tanto, la resolución que debe tomar la jueza. Los abogados defensores plantearon que es inadmisible que la fiscalía intente justificar una asociación ilícita con los mismos ocupantes a los que está censando la Ciudad para incluirlos en un plan de viviendas. Por esta contradicción, que la jueza también tomó como tal, es que se convocó a informar de las actividades llevadas a cabo el fin de semana al Procurador y al Defensor del Pueblo. La doctora Mónica Reyna volvió a asistir como subsecretaria Legal y Técnica de la Defensoría del Pueblo. El doctor Conte Grand no concurrió y envió como delegado de la Procuración a Francisco D’Albora, Director de Asuntos Penales, que informó que la Procuración mantiene el pedido de restitución del terreno ocupado y no se extendió sobre ninguna otra pregunta.
    El defensor Duacastella dejó en claro la situación discordante del Gobierno porteño: “Entiendo que la Procuración representa a la Ciudad en ambos expedientes y no puede tener posiciones contradictorias en un expediente y en otro. Si se ha admitido el censo de los ocupantes, entiendo que estaríamos frente a un hecho nuevo que permitiría expresamente que el doctor manifieste si el pedido de restitución se mantiene” en los mismos términos que el 24 de febrero, día de la toma. La postura de la Ciudad es mantener la causa penal por usurpación y exigir la restitución, y esto aunque la cúpula del Gobierno haya estado el fin de semana prometiendo viviendas y urbanización tras el censo.
    Al cierre de la audiencia, el doctor Di Teodoro agregó “No pudimos obtener del organismo técnico las respuestas que requeriríamos en esta audiencia si no fuera porque la convocatoria fue hecha de manera defectuosa –por el fiscal Fel Rolero–, y adrede para evitar que el doctor D’Albora hoy tenga los elementos para poder responder”.
    La jueza López Iñiguez consideró, por su parte, de estricta necesidad saber la situación real que se está viviendo en el predio ilegalmente ocupado. Esto a la hora de resolver “de la mano de la incompetencia y del recurso suspensivo o devolutivo” que dé a su decisión, si se libra o no y en qué condiciones una nueva orden de allanamiento a través de la fuerza pública.
    Los primeros días de la semana entrante se sabrá la decisión de la jueza y seguramente alguna de las partes apelará la medida. Pero hay ya estipulada una fecha límite para producir el desalojo: el 12 de junio. Por tanto la jueza López Iñiguez debe resolver además si suspende esa orden o no –a la luz de las tareas de remediación del Comité de Crisis– hasta tanto se terminen las tareas. Las defensas consideran que la orden de desalojo debería suspenderse.
  • http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/toma-de-lugano-la-proxima-semana-se-define-si-se-suspende-el-desalojo-4337.html
  • martes, 3 de junio de 2014

    Toma de Lugano: el miércoles se define una instancia importante en la criminalización de la protesta social



    por Vanina Escales


    La audiencia para definir la competencia jurisdiccional por la ocupación del predio de Lugano, el 24 de febrero pasado, debía comenzar a las 9.30. Una hora y media después comenzó sin los abogados que se esperaban desde temprano, los de Marcelo Chancalay, el único procesado con prisión preventiva por la toma. El resto de los defensores están presentes. Juan Manuel di Teodoro lo hace en representación de Marta Yané, dirigente del Movimiento Evita que se solidarizó con la toma y fue procesada, y el Defensor General, Luis Duacastella y la Defensora Oficial, por el resto de los imputados: los vecinos que hicieron las veces de delegados de la toma.

    Se llega a esta audiencia luego de que el representante del Ministerio Público, el fiscal Carlos Fel Rolero, presentara un pedido de incompetencia por entender que la causa no debe ser enmarcada como “usurpación” (delito de competencia local) sino como “asociación ilícita” (competencia nacional). La audiencia estuvo a cargo de la jueza María Gabriela López Iñiguez, titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 14, que se encargó de decirle a Fel Rolero que el planteo de incompetencia hace retrasar la causa y que ese tipo de maniobras dilatorias son graves cuando hay personas detenidas.

    Los terrenos tomados son los lindantes a la Villa 20. Hasta el año pasado fue un cementerio de autos de la Policía Federal y por ese uso está contaminado con distintos metales e hidrocarburos. La audiencia tiene necesariamente un trasfondo político. En los alegatos, Duacastella remarca que desde el principio indicaron que “era necesario el diálogo y mesas de trabajo para poder resolver este conflictivo tema de vivienda que está atrás de esta causa de usurpación  y como usted bien ha sostenido –dirigiéndose a la jueza– en la propia resolución que ordena el desalojo, el conflicto que acá estamos discutiendo supera el tema del derecho penal”.

    La interpretación sobre lo que originó la toma del predio parece ser lo que define las posturas de la Fiscalía y las Defensas. Para el fiscal Fel Rolero –de acuerdo con su alegato– se constituyó un grupo con fines delictivos para afectar bienes jurídicos: el orden público y la paz social. La toma, para el Ministerio Público, fue un medio para más adelante lograr “la obtención de un rédito económico por el loteo del predio y la posterior venta de los mismos”. Y detalló una serie de posibles delitos: estafas, estelionato, tenencia y portación de armas, infracción a la ley de estupefacientes, apología de un delito, malversación de caudales públicos, atentado y resistencia a la autoridad y extorsión. Lo llamativo de esta acusación es que las personas no fueron imputadas en ningún momento por estos delitos, ni están probados en la investigación. Tampoco se encontraron armas en los allanamientos. Además, Fel Rolero destaca en su escrito la pertenencia o simpatía de algunos delegados con agrupaciones políticas, como si fuera un delito.

    Para las defensas la instrucción fue defectuosa. La Fiscalía mantuvo hasta las 11 de la mañana del lunes el secreto sobre algunos testigos –vulnerando el derecho de defensa y la posibilidad de refutar prueba–, y se quiere avanzar –según dijo Di Teodoro– con “una maniobra política no solo para criminalizar a los delegados, para criminalizar a la militancia política y social que se solidariza con esas 700 familias que viven en condiciones precarias, sino que tapa las deficiencias de la investigación tirando el problema para arriba” (para fueros nacionales). El fiscal Fel Rolero también trajo dos casos de jurisprudencia para justificar su pedido de cambio de carátula –y por tanto, de jurisdicción– en donde nociones abstractas y estigmatizadoras como el “peligro” o “peligro abstracto”, aun cuando no se haya cometido el ilícito, jugaron un rol en las causas a las que hizo referencia para la obtención de la condena por asociación ilícita.

    El abogado de Marta Yané, Di Teodoro, recalcó que “a nadie se le escapa que el Fiscal General de la Ciudad de Buenos Aires es un ex diputado del partido de gobierno”. Y por tanto “parece que el gobierno va y le dice a la jueza Liberatori ‘avancemos en la mesa de diálogo’, y por otro lado va y le dice a los fiscales que pidan la incompetencia para tirar el problema” al ámbito de la Justicia nacional. La referencia es porque Liberatori dispuso la creación de un comité de crisis para resolver la urbanización de la villa 20 y se realizó un censo este fin de semana.

    Por pedido expreso de las defensas se pidió –y se concedió– que los resultados del censo no sean utilizados para seguir judicializando a los que participaron de la toma. Imaginemos a Duacastella y Lousteau defendiendo a 1800 procesados. A la audiencia concurrió por pedido del Juzgado la doctora Mónica Reyna, subsecretaria Legal y Técnica de la Defensoría del Pueblo, para explicar las tareas de remediación de cara a la ejecución de la Ley 1770: la urbanización de la villa 20 y un plan de vivienda. Reyna explicó que el comité de crisis se formó “por la señora Asesora Tutelar, el señor Procurador de la ciudad y el señor Defensor del Pueblo” y que este fin de semana se realizó el censo con personal técnico del Instituto de la Vivienda de la Ciudad y la Defensoría del Pueblo en su carácter de veedor. La Subsecretaria señaló que las personas censadas tenían actitud colaborativa, desmintiendo la idea de “peligrosidad” que les atribuyó el fiscal. También, que se está avanzando en un “convenio de regularización” donde el gobierno nacional entregaría el predio a la ciudad para cumplir con la 1770. “El dinero para la remediación ya se encuentra depositado en el juzgado de Elena Liberatori”, aclaró.

    La ley 1770 desde 2005 –y su modificación en 2007– dispone la urbanización de la villa 20, y desde ese entonces el gobierno de la Ciudad no la cumple. La estrategia de los sin techo como forma de exigir el cumplimiento de la ley fue la toma de terrenos –pauperizados y contaminados– y el intento de procurar salidas políticas. En esta ocasión, como en la toma del Indoamericano, la respuesta judicial fue el procesamiento de los delegados designados entre los vecinos para entablar los diálogos y las soluciones pacíficas. Imita, además, a los procesamientos de militantes sociales en 1999 y 2000 cuando en medio de protestas y cortes se pedían interlocutores y se devolvían procesados.

    Hay que señalar que sobre los delegados de la toma de Lugano rige una orden de restricción de acercarse al predio. Si hubieran estado durante el censo del fin de semana, hubieran violado la restrictiva, pero por eso mismo no fueron censados y es posible presumir que también sufren la emergencia habitacional por la que el predio fue tomado en primer lugar.

    Para el Defensor General Duacastella no hay más prueba que “la que dije al principio que iba a suceder: que iban a terminar imputados los delegados. Que se iba a utilizar esta organización que ellos constituyeron con posterioridad, a pedido del Juzgado y a pedido de las Defensas y a pedido de la Fiscalía para poder negociar”. Es que al momento de la toma, las autoridades que se acercaron y les pidieron que nombraran interlocutores. Para Duacastella esa “es la única organización que existe en esta causa”, por tanto “voy a solicitar que se rechace el planteo de incompetencia”.

    La resolución del pedido de incompetencia de la Fiscalía será en la próxima audiencia convocada para el miércoles 4 a las 10.30 de la mañana. Si la carátula cambiara a “asociación ilícita” cada toma, cada protesta, cada corte, podrá ser considerado de la misma manera. El caso de Marta Yané es ilustrativo del afán disciplinario del Ministerio Público de la Ciudad: ni siquiera es vecina de la toma, solo se solidarizó con los ocupantes al igual que una treintena de legisladores. 

    http://anarquiacoronada.blogspot.com.ar/2014/06/toma-de-lugano-el-miercoles-se-define.html

    jueves, 29 de mayo de 2014

    UN FALLO EN CONTRA DE LA CRIMINALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD POLÍTICA

    Los fiscales penales comandados por el macrista Martín Ocampo han fallado en su intento de criminalización de la militancia social y política solidaria con los que menos tienen y con aquellos que reclaman por su derecho a la vivienda.
    Fueron los fiscales porteños los que le imputaron a la compañera Marta Yané, referente social del Movimiento Evita, el ser partícipe necesaria del delito de usurpación que estarían cometiendo los ocupantes del Barrio Papa Francisco. Ni quienes ocupan el predio lindero a la villa 20 son delincuentes, ni nuestra compañera es partícipe de un delito.
    El problema es que dónde nosotros vemos personas peleando por sus derechos, los fiscales ven delincuentes...


    SOCIEDAD › POR LA TOMA DE VILLA LUGANO

    Rechazo a detenciones



    La jueza porteña Gabriela López Iñiguez rechazó el pedido de detención de siete imputados por el delito de usurpación en la causa que investiga la ocupación de terrenos próximos a la Villa 20 de Lugano, entre ellos Marta Yané, una militante del Movimiento Evita.
    Iñiguez, titular del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 14, rechazó los pedidos de detención presentados por el fiscal porteño Carlos Rolero en la causa por la ocupación iniciada el 24 de febrero último. Tras analizar las pruebas presentadas por la fiscalía y los argumentos de la defensa, integrada por el abogado Juan Manuel Di Teodoro, patrocinante de Yané, y el defensor general adjunto Luis Duacastella, en representación de cinco mujeres y un varón, la magistrada eximió de prisión a los siete imputados.
    En el caso de Yané, la jueza consideró que “no se verificó ninguna de las situaciones legales que habilita a restringir la libertad de una persona durante el proceso”.
    “El Ministerio Público Fiscal parecería que decide no notificarle ni los hechos que se le imputan ni las pruebas que existen en su contra”, apuntó, y agregó que “no deja de ser contradictorio que se solicite la detención pero no se proceda a recibirle declaración para que pueda ejercer su derecho a ser oída”.
    Yané expresó que “esto demuestra una vez más que el macrismo invierte esfuerzo y dinero en investigaciones mal hechas y con falsas acusaciones y no se preocupa por el verdadero problema que constituye la crisis habitacional y la falta de vivienda digna”.
    “La jueza señaló las innegables deficiencias en la investigación de la fiscalía, que intentó dar un paso hacia la criminalización de la militancia social y política sin fundamentos jurídicos que la avalen”, afirmó Di Teodoro, el abogado de Yané.
    Para eximirla de prisión, la magistrada consideró suficiente que se conociera su domicilio real y una caución juratoria.
    En cambio, para los otros seis imputados dispuso “la obligación de presentarse semanalmente a firmar el libro de asistencia en sede de la fiscalía” y la “prohibición de salir de la ciudad de Buenos Aires, salvo con permiso solicitado al tribunal”.
    Iñiguez también impuso a este grupo de imputados “la prohibición de concurrir al predio ilegalmente ocupado, ubicado junto a la Villa 20, sobre la avenida Fernández de la Cruz, entre Pola y Escalada”.
    *http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-247216-2014-05-28.html
    Lo decíamos ayer...

    martes, 13 de mayo de 2014

    FRENTE A LA CRISIS HABITACIONAL DE LA CIUDAD, LOS FISCALES BUSCAN CRIMINALIZAR LA MILITANCIA


    LEGISLATURA PORTEÑA
    Taiana: “El Movimiento Evita nada ha tenido que ver con la toma”

    El legislador del Frente para la Victoria defendió al movimiento político que fue acusado de instigar la ocupación de tierras del barrio de Villa Lugano.

    A raíz de una nota periodística en la que se asegura que el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires posee pruebas fehacientes que ligan a una integrante del Movimiento Evita con la toma de terrenos de la villa 20, el interbloque kirchnerista en la Legislatura porteña brindó una conferencia de prensa para repudiar esas afirmaciones y respaldar a la agrupación política.

    Este domingo, el diario Clarín publicó informaciones judiciales a propósito de la ocupación de terrenos del predio ubicado en la intersección de la Avenida Cruz y la calle Pola, en Villa Lugano, en las que aseveraba que “la Justicia porteña identificó a quienes ocuparon el predio” y que “están vinculados al Movimiento Evita”.

    Además, se señala que la Fiscalía General pidió la detención de Marta Isabel “La Negra” Yané, una militante del Movimiento Evita a la que se la involucra directamente en la ocupación ilegal de terrenos.

    La reacción del Movimiento Evita fue rápida, y, en menos de 24 horas, la mayoría de los legisladores del interbloque kirchnerista y los dos diputados que integran ese movimiento político que apoya al Gobierno nacional realizaron una conferencia de prensa para desmentir la información publicada por el matutino porteño.

    Se convocó a una conferencia para este lunes por la tarde a la que asistieron militantes del espacio.

    El primero que tomó la palabra fue el legislador del Frente para la Victoria Jorge Taiana quien resaltó que el Movimiento Evita “nada ha tenido que ver con la toma” y que “nuestra acción ha sido solamente la de evitar el desalojo y dar colaboración social a quienes están ahí sin vivienda”.

    “Estamos sorprendidos y lamentamos que los fiscales de la Ciudad redacten estos expedientes que recuerdan a la época más oscura de este país”, cuestionó el ex canciller argentino.

    Según Taiana, el objetivo del expediente es “criminalizar a las fuerzas políticas acompañan y buscan soluciones a los más humildes” para “desviar el eje central que es el problema de la vivienda”.

    A su vez, pidió a los fiscales que “dejen de actuar de manera turbia, faltando a la verdad”.

    “La tarea nuestra es evitar el desalojo y contribuir a la solución de los problemas pendientes de urbanización de la Ciudad”, concluyó el legislador kirchnerista que representa al Movimiento Evita.

    Por su parte, la jefa de bloque del Frente para la Victoria, Gabriela Alegre, cargó contra el diario Clarín y sostuvo que “intenta vender una nota para criminalizar la militancia social, para desprestigiar al Movimiento Evita y al Gobierno nacional y popular”.

    El diputado porteño del FpV Gabriel Fuks marcó que “toda represión y criminalidad que se da en el marco de la toma de tierras es producto del incumplimiento por parte de la Ciudad de la Ley N°1770”. Esta ley, aprobada en el 2005, obligaba al Estado porteño a urbanizar el predio de la Villa 20, en Villa Lugano.
    El legislador de jefe de bloque del Frente Progresista Popular, Aníbal Ibarra, calificó al accionar del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad como una “persecución política” y agregó que “busca desprestigiar”.

    El ex jefe de Gobierno hizo alusión a la urbanización de la Villa 20 y subrayó que la no puesta en práctica de esa ley “no es un problema económico o de recursos, es de decisión política”.

    Por último, llamó a los fiscales a que “busquen a los funcionarios que no cumplieron su obligación”, en referencia al proceso de urbanización de ese asentamiento ubicado en el sur de la Ciudad.

    En el artículo de Clarín, se señalaba que Marta Yané “sería colaboradora de la legisladora kirchnerista María Rachid”. Al finalizar la conferencia, Rachid, que integra el Movimiento Evita, informó que Yañé trabaja con ella como colaboradora, no como empleada de su plantel de asesores y aseguró estar “muy orgullosa” de eso.

    Estuvieron presentes en la conferencia los legisladores del interbloque del FpV Jorge Taiana, María Rosa Muiños, Aníbal Ibarra, Gabriela Alegre, María Rachid, Paula Penacca, Pablo Ferreyra, José Campagnoli, Edgardo Form , Gabriel Fuks, el diputado nacional Leonardo Grosso, Sebastián Demiryi y el abogado de Marta Yané, Juan Manuel Di Teodoro.

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