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sábado, 19 de septiembre de 2015

TOMA DE LUGANO: La justicia sentenció que la participación política y la militancia social no se pueden criminalizar

Revés para el PRO: la toma de Lugano vuelve a foja cero y sobreseen a una militante K

La Justicia porteña declaró nulidad de las pericias efectuadas por el Ministerio Público y dictó el sobreseimiento a una dirigente del FpV por la causa de la toma del barrio Papa Francisco.

La titular del juzgado N° 14 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, María Gabriela López Iñiguez, resolvió hacer lugar al planteo efectuado por la defensa de varios de los imputados en la causa por la toma del “Barrio Papa Francisco” a fines febrero del año 2014, y “declarar la nulidad de las pericias informáticas” efectuadas en el marco de las investigaciones llevadas a cabo por el Ministerio Público Fiscal.
Según se informó desde el Sistema de Difusión Judicial porteño,  López Iñiguez declaró la nulidad de las pericias por haberse violado las provisiones legales establecidas en el Código Procesal Penal relativas a la notificación al imputado, como así también “por haberse violado la cadena de custodia de los objetos secuestrados en los allanamientos llevados a cabo el 2 de marzo de 2014” en cinco domicilios, en los cuales se secuestró “diversos elementos incriminatorios informáticos y de telefonía celular”.
También, se dispuso el sobreseimiento de dos de los imputados en la causa, por considerar que los hechos por los cuales fueron imputados no corresponden la comisión de un ilícito. Los requerimientos de elevación a juicio fueron desestimados por estar basados en evidencia nula.
De los dos imputados, una es la dirigente social del Movimiento Evita Marta “La Negra” Yané, empleada del Ministerio de Desarrollo Social y asesora en la Legislatura porteña. La militante kirchnerista aparecía en escuchas telefónicas con uno de los líderes de la toma del barrio “Papa Francisco” en Villa Lugano, durante febrero de 2014.
Desde el Evita cargaron duro contra el PRO y el Ministerio Público Fiscal (MPF), organismo al que acusan de “criminalizar la participación política y la militancia social”. A su vez, cuestionaron el desempeño del fiscal Carlos Rolero, ligado al titular del MPF, el ex legislador macrista Martín Ocampo.
El fiscal en cuestión fue también cuestionado en duros términos por el secretario de Seguridad de la Nación, Sergio Berni, el 25 de febrero de ese año, cuando se desató la toma de terreno lindante a la Villa 20, ubicada en el barrio de Villa Lugano de la zona sur de la Ciudad de Buenos Aires. “Parece que al fiscal le gusta dormir”, ironizó Berni para marcar lo que calificó como “inacción” del Ministerio Púbico ante la problemática.
“El fiscal Carlos Rolero acusó continuamente a Yané de prestar colaboración al mantenimiento de la toma dada su confesa participación en el Movimiento Evita y su participación activa en reuniones políticas en el barrio, comprobándose su participación criminal dado el conocimiento que tenía sobre la situación habitacional de la Villa 20 y sobre la ley vigente en cuanto a la urbanización del barrio. Es decir, el delito de Yané consistía en su militancia”, precisó el abogado defensor Juan Manuel Di Teodoro.
Ante el planteo de nulidad, y frente a los elementos peritados, las actas y declaraciones del perito a cargo, la jueza López Iñiguez resaltó varias irregularidades respecto a la preservación de la prueba. Según se describe en la resolución en siete oportunidades los elementos que según el acta de entrega contenían los bultos incautados en un allanamiento, no coincidían con los encontrados en el acta de apertura para su peritaje (a modo de ejemplo, en un bulto dónde se señalaba un CPU negro proveniente de un domicilio, al ser abierto contenía tres notebooks y un sobre con dos celulares provenientes de otro domicilio).
“Tengo por probado acabadamente que en relación al menos a los siete bultos referidos supra, existe una inexistencia palmaria de identidad que demuestra la violación de los procedimientos que se aplicaron a su resguardo”, expresó la magistrada.
Frente a los cuestionamientos efectuados contra la investigación encabezada por el fiscal Carlos Rolero, la jueza también sostuvo que “se ha lesionado de un modo sustantivo la defensa en juicio”, al no permitirse en todo momento el control de la prueba.
“Esta sentencia viene a comprobar el irregular proceder del fiscal Carlos Rolero desde el inicio mismo de la causa por la toma del Barrio Papa Francisco, demostrado en el supino desapego hacia las normas procesales y a las conductas que el Código Penal describe como delictivas. De esa manera, transformó la conducta de reclamar por el cumplimiento de la Ley 1770 y la activa participación política en delitos. Un accionar, en su carácter de Fiscal, que nos retrotrae a los años más oscuros de la Argentina y que ésta sentencia viene, oportunamente, a limitar y censurar”, concluyó el abogado defensor.
La explicación de López Iñiguez y el sobreseimiento de Yané
Según lo dispuesto por la jueza López Iñíguez, la nulidad de las pericias alcanza a los efectos incautados en 7 bultos “de los cuales la violación de la ‘cadena de custodia’ ha sido flagrante, y también a la totalidad de los elementos secuestrados en los allanamientos desarrollados” en marzo del año pasado, “como también a toda la información extraída de los mismos” ya que “las pericias efectuadas sobre la totalidad del material incautado tuvieron lugar a espaldas del debido control de la que la Defensa oficial tenía legítimo derecho”.
Ante la declaración de nulidad de gran parte de la prueba con la que se sustentaba la causa, y frente a la dificultad de elevar a juicio el expediente en el estado actual, la magistrada consideró que “la única forma razonable de salvaguardar, pues los intereses afectados que aquí se encuentran en juego, consiste en reformular dicha pieza procesal, de conformidad con lo que surge del presente resolutorio, debiendo reeditárselo en tanto existen otros numerosos elementos de cargo, según lo detallado por el fiscal, que nuevamente valorados, previa supresión de los que han sido alcanzados por la nulidad en relación a la violación de la ‘cadena de custodia’ y al cumplimiento de las formas sacramentales previstas en la adquisición de otras probanzas, podrían dar pie de un modo válido a la imputación que se pretenda ventilar en juicio”.
Entre otros puntos abordados en la resolución firmada este jueves, la jueza hizo lugar al planteo del abogado defensor de Pedro Bassi Luna, funcionario del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación imputado en carácter de partícipe primario de la usurpación por haber realizado un “aporte necesario” para la toma ilegal.
“El ‘aporte’ efectuado por Bassi Luna consistió en haber provisto a Marta Yané, en su condición de funcionario encargado del área correspondiente del Ministerio de desarrollo Social de la Nación, de un teléfono celular con su respectiva línea, aproximadamente en 2010 o 2011. No es necesario un conocimiento jurídico muy profundo del derecho penal para advertir que asiste razón al Defensor del incuso, cuando se agravia de la manifiesta atipicidad de un aporte de esa especie, pues resulta muy aventurado y definitivamente conjetural sostener que sin ese teléfono entregado en 2010/2011, la toma que tuvo lugar en el 2014 ‘no se hubiera podido cometer’. Recuérdese que la imputación ha sido formulada en su contra en carácter de partícipe necesario”, sostuvo López Iñíguez para luego decretar el sobreseimiento por no considerar que la entrega de un celular años antes de la toma sea una conducta ilícita.
 “La conducta que de endilga a la nombrada parecería ser la de haber hablado por teléfono, unos días después de consumada la ocupación ilegal del predio, utilizando un aparato celular que pertenece al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y que le fuera asignado en razón de que ella se desempeña laboralmente allí.  Y por tener militancia política en el ‘Movimiento Evita Capital’ de donde se deduce que ello ‘le facilitaría vinculaciones’, que no se especifican.  Por ende, se está afirmando que si Marta Yané no hubiera hablado por teléfono con uno de los ocho imputados en calidad de autores, el imputado Ríos (único respecto del cual hay evidencia material, pues no existen llamadas telefónicas registradas con los restantes imputados), la toma del predio de Villa Lugano no habría podido cometerse”, se expresa en los fundamentos de la sentencia.
Remarcando que “las conductas que se le reprochan a Yané en el requerimiento de juicio no resultan típicas” ya que fueron efectuadas “desde su rol de pertenencia tanto a una agrupación política, cuanto a dos organismos oficiales con competencia específica en problemáticas sociales como la que se estaba presentando”, la jueza López Iñíguez decretó el sobreseimiento.
En el decisorio también se declara la nulidad de los requerimientos de elevación a juicio planteados por la fiscalía “por estar basados en la misma evidencia probatoria cuya nulidad se ha declarado”.

PUBLICADO EN http://www.letrap.com.ar/nota/2015-9-19-reves-para-el-pro-la-toma-de-lugano-vuelve-a-foja-cero-y-sobreseen-a-una-militante-k

miércoles, 4 de junio de 2014

TOMA DE LUGANO - El juicio

El 24 de febrero un grupo de personas ocupó el predio lindante a la Villa 20

Toma de Lugano: la próxima semana se define si se suspende el desalojo

La jueza López Iñiguez tiene cinco días para definir la jurisdicción de la causa penal por usurpación y hasta el jueves para decidir si suspende o no la orden de desalojo del terreno ocupado. La fecha prevista desde hace un mes es el 12 de junio.


  • Por: Vanina Escales


  • Cinco días es el plazo que la jueza María Gabriela López Iñiguez tiene para definir la competencia jurisdiccional de la causa penal por la toma de tierras en Villa Lugano. La jueza debe contestar a un pedido del representante del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad, que solicitó declinar en favor de la Justicia nacional la competencia en el caso. Para el fiscal Carlos Fel Rolero la toma fue un delito de mayor gravedad: asociación ilícita. La tarea que parece sencilla, no lo es en absoluto.
  • El 24 de febrero un grupo de personas ocupó el predio lindante a la Villa 20. Por este hecho están procesados quienes fueron nombrados como interlocutores por los ocupantes. “Confunden en el delito de usurpación a los delegados del barrio”, explicó Juan Manuel Di Teodoro, el abogado de Marta Yané, procesada dirigente del Movimiento Evita por solidarizarse con la toma. Ese grupo de vecinos devenidos delegados se constituyeron como tal a pedido de las autoridades que se acercaron al lugar para resolver la toma y la eventual desocupación del predio en forma pacífica. El único detenido es Marcelo Chancalay, un ex presidente de la Junta Vecinal de la villa 20 y actual empleado del Gobierno de la Ciudad.
    En la audiencia de hoy –la última para definir la competencia en la causa– estuvieron presentes, además del fiscal Fel Rolero, los defensores Di Teodoro –por Marta Yané–, Pedro Dattoli –por Chancalay–, y el Defensor General Luis Duacastella y la Defensora Oficial María Lousteau por el resto de los imputados.
    Qué quiere el Gobierno de la Ciudad
    La pregunta que rondó la audiencia es “¿qué quiere el Gobierno de la Ciudad?”. Porque por un lado, en el Fuero Contencioso Administrativo –ante la jueza Elena Liberatori– se impuso realizar el censo y avanzar en el cumplimiento de la Ley 1770. Para esto la Ciudad formó un Comité de Crisis compuesto por el Defensor del Pueblo, la Asesora Tutelar y la Procuración de la Ciudad. El censo se realizó con personal técnico del Estado porteño que revista en el Instituto de la Vivienda y fue acompañado por la defensoría en su carácter de veedor. Todos caminaron la villa 20 con chalecos identificatorios. Esto hace suponer que se desea avanzar en la resolución de este conflicto y dar cumplimiento a la 1770. Pero por otro lado, en el Fuero Penal, Contravencional y de Faltas –a cargo de la doctora López Iñiguez– el mismo Gobierno de la Ciudad pide el desalojo del terreno ocupado y el allanamiento.
    El terreno actualmente ocupado pertenece a la Ciudad, lindante al de la Policía Federal y a la villa 20. Lo que se está negociando desde el Comité de Crisis es hacer una traspaso del antiguo cementerio de autos, sanear los terrenos, el ocupado y el de la Federal, y construir allí las viviendas previstas en la 1770.
    El censo, que comenzó el fin de semana pasado y que seguirá al menos dos fines de semana más, es el elemento nuevo que las defensas trajeron esta semana y que harían reconsiderar el caso y por tanto, la resolución que debe tomar la jueza. Los abogados defensores plantearon que es inadmisible que la fiscalía intente justificar una asociación ilícita con los mismos ocupantes a los que está censando la Ciudad para incluirlos en un plan de viviendas. Por esta contradicción, que la jueza también tomó como tal, es que se convocó a informar de las actividades llevadas a cabo el fin de semana al Procurador y al Defensor del Pueblo. La doctora Mónica Reyna volvió a asistir como subsecretaria Legal y Técnica de la Defensoría del Pueblo. El doctor Conte Grand no concurrió y envió como delegado de la Procuración a Francisco D’Albora, Director de Asuntos Penales, que informó que la Procuración mantiene el pedido de restitución del terreno ocupado y no se extendió sobre ninguna otra pregunta.
    El defensor Duacastella dejó en claro la situación discordante del Gobierno porteño: “Entiendo que la Procuración representa a la Ciudad en ambos expedientes y no puede tener posiciones contradictorias en un expediente y en otro. Si se ha admitido el censo de los ocupantes, entiendo que estaríamos frente a un hecho nuevo que permitiría expresamente que el doctor manifieste si el pedido de restitución se mantiene” en los mismos términos que el 24 de febrero, día de la toma. La postura de la Ciudad es mantener la causa penal por usurpación y exigir la restitución, y esto aunque la cúpula del Gobierno haya estado el fin de semana prometiendo viviendas y urbanización tras el censo.
    Al cierre de la audiencia, el doctor Di Teodoro agregó “No pudimos obtener del organismo técnico las respuestas que requeriríamos en esta audiencia si no fuera porque la convocatoria fue hecha de manera defectuosa –por el fiscal Fel Rolero–, y adrede para evitar que el doctor D’Albora hoy tenga los elementos para poder responder”.
    La jueza López Iñiguez consideró, por su parte, de estricta necesidad saber la situación real que se está viviendo en el predio ilegalmente ocupado. Esto a la hora de resolver “de la mano de la incompetencia y del recurso suspensivo o devolutivo” que dé a su decisión, si se libra o no y en qué condiciones una nueva orden de allanamiento a través de la fuerza pública.
    Los primeros días de la semana entrante se sabrá la decisión de la jueza y seguramente alguna de las partes apelará la medida. Pero hay ya estipulada una fecha límite para producir el desalojo: el 12 de junio. Por tanto la jueza López Iñiguez debe resolver además si suspende esa orden o no –a la luz de las tareas de remediación del Comité de Crisis– hasta tanto se terminen las tareas. Las defensas consideran que la orden de desalojo debería suspenderse.
  • http://www.infojusnoticias.gov.ar/nacionales/toma-de-lugano-la-proxima-semana-se-define-si-se-suspende-el-desalojo-4337.html
  • martes, 13 de mayo de 2014

    FRENTE A LA CRISIS HABITACIONAL DE LA CIUDAD, LOS FISCALES BUSCAN CRIMINALIZAR LA MILITANCIA


    LEGISLATURA PORTEÑA
    Taiana: “El Movimiento Evita nada ha tenido que ver con la toma”

    El legislador del Frente para la Victoria defendió al movimiento político que fue acusado de instigar la ocupación de tierras del barrio de Villa Lugano.

    A raíz de una nota periodística en la que se asegura que el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires posee pruebas fehacientes que ligan a una integrante del Movimiento Evita con la toma de terrenos de la villa 20, el interbloque kirchnerista en la Legislatura porteña brindó una conferencia de prensa para repudiar esas afirmaciones y respaldar a la agrupación política.

    Este domingo, el diario Clarín publicó informaciones judiciales a propósito de la ocupación de terrenos del predio ubicado en la intersección de la Avenida Cruz y la calle Pola, en Villa Lugano, en las que aseveraba que “la Justicia porteña identificó a quienes ocuparon el predio” y que “están vinculados al Movimiento Evita”.

    Además, se señala que la Fiscalía General pidió la detención de Marta Isabel “La Negra” Yané, una militante del Movimiento Evita a la que se la involucra directamente en la ocupación ilegal de terrenos.

    La reacción del Movimiento Evita fue rápida, y, en menos de 24 horas, la mayoría de los legisladores del interbloque kirchnerista y los dos diputados que integran ese movimiento político que apoya al Gobierno nacional realizaron una conferencia de prensa para desmentir la información publicada por el matutino porteño.

    Se convocó a una conferencia para este lunes por la tarde a la que asistieron militantes del espacio.

    El primero que tomó la palabra fue el legislador del Frente para la Victoria Jorge Taiana quien resaltó que el Movimiento Evita “nada ha tenido que ver con la toma” y que “nuestra acción ha sido solamente la de evitar el desalojo y dar colaboración social a quienes están ahí sin vivienda”.

    “Estamos sorprendidos y lamentamos que los fiscales de la Ciudad redacten estos expedientes que recuerdan a la época más oscura de este país”, cuestionó el ex canciller argentino.

    Según Taiana, el objetivo del expediente es “criminalizar a las fuerzas políticas acompañan y buscan soluciones a los más humildes” para “desviar el eje central que es el problema de la vivienda”.

    A su vez, pidió a los fiscales que “dejen de actuar de manera turbia, faltando a la verdad”.

    “La tarea nuestra es evitar el desalojo y contribuir a la solución de los problemas pendientes de urbanización de la Ciudad”, concluyó el legislador kirchnerista que representa al Movimiento Evita.

    Por su parte, la jefa de bloque del Frente para la Victoria, Gabriela Alegre, cargó contra el diario Clarín y sostuvo que “intenta vender una nota para criminalizar la militancia social, para desprestigiar al Movimiento Evita y al Gobierno nacional y popular”.

    El diputado porteño del FpV Gabriel Fuks marcó que “toda represión y criminalidad que se da en el marco de la toma de tierras es producto del incumplimiento por parte de la Ciudad de la Ley N°1770”. Esta ley, aprobada en el 2005, obligaba al Estado porteño a urbanizar el predio de la Villa 20, en Villa Lugano.
    El legislador de jefe de bloque del Frente Progresista Popular, Aníbal Ibarra, calificó al accionar del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad como una “persecución política” y agregó que “busca desprestigiar”.

    El ex jefe de Gobierno hizo alusión a la urbanización de la Villa 20 y subrayó que la no puesta en práctica de esa ley “no es un problema económico o de recursos, es de decisión política”.

    Por último, llamó a los fiscales a que “busquen a los funcionarios que no cumplieron su obligación”, en referencia al proceso de urbanización de ese asentamiento ubicado en el sur de la Ciudad.

    En el artículo de Clarín, se señalaba que Marta Yané “sería colaboradora de la legisladora kirchnerista María Rachid”. Al finalizar la conferencia, Rachid, que integra el Movimiento Evita, informó que Yañé trabaja con ella como colaboradora, no como empleada de su plantel de asesores y aseguró estar “muy orgullosa” de eso.

    Estuvieron presentes en la conferencia los legisladores del interbloque del FpV Jorge Taiana, María Rosa Muiños, Aníbal Ibarra, Gabriela Alegre, María Rachid, Paula Penacca, Pablo Ferreyra, José Campagnoli, Edgardo Form , Gabriel Fuks, el diputado nacional Leonardo Grosso, Sebastián Demiryi y el abogado de Marta Yané, Juan Manuel Di Teodoro.

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